¿Recibiste una Carta invitación? ¿No sabes como atenderla? ¿Debes atenderla?
😳😳 Etc..
➡️Una Carta invitación, es un documento emitido por el SAT, es decir, es un Medio por el cual la Autoridad nos hace una invitación a revisar/corregir nuestra información, ya sea, por inconsistencias 🧐, irregularidades en el cumplimiento de Obligaciones fiscales omitidas ❌ o para solicitar aclaraciones de alguna irregularidad declarada 😬😬.
➡️Una Carta invitación no determina un crédito fiscal, no es un acto Administrativo, pero el No atender esta "invitación" podría Provocar que la Autoridad Revise a profundidad y con eso generar Multas 💸💵💵.
¿Cuál es el Medio por el cual puede llegar una Carta invitación?
¿Recibiste un depósito por error? 💸Lee esta info!!!
➡️Los depósitos que son recibidos por error no se consideran ingresos fiscales, siempre y cuando se acredite tal situación y éste💵 sea devuelto.
➡️El reconocimiento del pago por error, debe proceder a la devolución de las cantidades pagadas, sin que ello implique en la materia impositiva, ya que no existe modificación patrimonial del que recibe el pago/depósito por error. Sin embargo, es importante tener identificado en la contabilidad el depósito por error, con la documentación que acredite el acto, ya que si la Autoridad en el ejercicio de sus facultades de Comprobación presumirán ....
➡️ Si es obligatorio y si tiene un efecto en la deducción del pago del servicio de transporte para determinar el ISR del ejercicio. 🚛🚚🚚
➡️Ha sido de tal tamaño la Confusión 🤨🤨que el SAT se vio obligado en varias ocasiones a posponer el inicio de la vigencia, así como a prorrogar los efectos del incumplimiento de la obligación.📣
👀 Es importante mencionarlo, la fecha de Aplicabilidad de la Carta Porte, en los artículos transitorios se ha Prorrogado el correcto cumplimiento peroooo ....